Asociado (a) de Coopeguanacaste, R.L. le informa que a partir del mes de agosto de 2025 inicia el proceso de Elección de delegados en las comunidades servidas por la cooperativa.
El delegado es el representante de los asociados de la Cooperativa e integra la Asamblea General de Delegados.
Conozca la comunidad donde le corresponde participar en las asambleas de elección de delegados de Coopeguanacaste, R.L. 2025–2028:
¿Quiénes pueden elegir o ser electos delegados en estas asambleas?
Los asociados y asociadas en pleno goce de sus derechos y que se encuentren al día en el pago de sus obligaciones con la cooperativa, que asistan a la asamblea de su comunidad presentando su cédula de identidad, cédula de residencia o pasaporte vigente (requisito obligatorio para participar).
En casos calificados de hospitalización y/o enfermedad, que imposibilite su asistencia, el asociado podrá enviar su postulación de forma escrita con la debida justificación. El Comité Electoral de la cooperativa decidirá acerca de la procedencia y aceptación de la postulación.
Los asociados y asociadas para ser delegados deben de tener acceso a correo electrónico o WhatsApp.
El asociado deberá cumplir los requisitos de la Ley de Asociaciones Cooperativas (LAC), el Estatuto y los reglamentos internos de Coopeguanacaste, R.L.
El asociado podrá participar en la asamblea comunal que le corresponda según donde se ubique su servicio eléctrico. En caso de tener el asociado (a) más de un servicio a su nombre, le corresponderá participar, con todos sus derechos, en el lugar en donde haya designado su Fondo de Mutualidad del servicio eléctrico.
Estar al día en sus obligaciones económicas propias y solidarias, con la cooperativa.
Tener un año de ser asociado.
No haber perdido sus credenciales.
Los representantes de personas jurídicas deberán presentar certificación de personería jurídica vigente, con no más de un mes de emitida, así como copia del Acta donde conste el acuerdo tomado por la Junta Directiva que los designa como representantes.
Sujetarse a las Normas establecidas para el nombramiento de Cuerpos Directivos y temas de interés de los asociados.
¿Puede participar personas jurídicas asociadas de Coopeguanacaste?
Las organizaciones sociales sin fines de lucro podrán participar en las asambleas para la elección de delegados de su comunidad, ya sea eligiendo o siendo electas. Para ello, la organización deberá designar a un representante que asista con la personería jurídica al día y presente un acuerdo firme, emitido por la Junta Directiva, que lo designe oficialmente como tal.
Consulte las fechas, lugar y hora de las elecciones de delegados en nuestro Facebook oficial.
Consulte el lugar donde puede elegir o elegirse delegado en:
El/la asociado (a) que haya perdido la credencial como delegado (a) en el periodo anterior por incumplimiento de sus deberes, por resolución firme del Comité Electoral, no podrá ser electo (a) como delegado (a).